jueves, 12 de mayo de 2011

Defensa Jurídica del derecho a la vida del concebido no nacido

Nuestros derechos acaban donde inician los de otra persona.

 

Fundamentos Jurídicos.
1. Derecho a la vida.
* El artículo 1º de la Constitución establece el principio de igualdad de todos los individuos y prohíbe todo tipo de discriminación que atente contra la dignidad humana y menoscabe los derechos y libertades de las personas.
* El artículo 14, párrafo segundo, de la Constitución dispone que nadie podrá ser privado de sus derechos sino mediante juicio.
* Conforme a la tesis de jurisprudencia 13/2002 de la SCJN de febrero de 2002 se desprende que la norma constitucional protege el derecho a la vida de todos los individuos como un derecho fundamental, sin el cual no cabe la existencia ni disfrute de los demás derechos.
2. Derecho a la vida del nasciturus
* El derecho a la vida del concebido no nacido se encuentra protegido constitucionalmente en los artículos 4º y 123, apartado A, fracciones V y XV y apartado B, fracción XI, inciso c).
* El artículo 4º constitucional establece la igualdad entre varón y mujer, el derecho de toda persona (varón y mujer) a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos (paternidad responsable), y el derecho de toda persona a la protección de la salud.
* Conforme al dictamen de la Cámara de Diputados el derecho a la salud debe constituir uno de los derechos fundamentales de todo Mexicano sin distinción alguna (nasciturus con derecho constitucional a la nacionalidad).
* El mismo dictamen estable que dicho derecho a la salud debe alcanzar por igual, desde el momento de la gestación, tanto a la futura madre como al hijo.
* El artículo 123 constitucional establece que las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que signifiquen un peligro para salud en relación con la gestación y establece la obligación del patrón de observar normas de higiene y seguridad en sus instalaciones para brindar la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores y del producto de la concepción, estableciendo la obligación de que las leyes contengan las sanciones del caso.
* Su fracción XV establece que la única distinción válida entre los derechos de la mujer y el varón consiste en la protección a la maternidad, preservando la salud de la mujer y del producto en los periodos de gestación y lactancia.
* La ley general de salud, la ley del ISSSTE, la ley del IMSS, la ley para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, el estatuto orgánico del sistema nacional para el DIF y la ley para las personas con discapacidad, entre otras reconocen las mencionadas bases constitucionales.
* En el Decreto por el que se reformaron los artículos 30, 32 y 37 de la Constitución en materia de nacionalidad, en su artículo Tercero Transitorio se establece que “Las disposiciones vigentes con anterioridad a la fecha en que el presente Decreto entre en vigor, seguirán aplicándose, respecto a la nacionalidad Mexicana, a los nacidos o concebidos durante su vigencia” brindándole al nasciturus atributos característicos de la personalidad, que es la nacionalidad (junto con la “capacidad” para recibir herencias y donaciones, conforme al artículo 22 del Código Civil).
* Conforme al artículo 133 constitucional y la tesis P. LXXVII/99 de la SCJN de 1999, los tratados internacionales se encuentran en un segundo plano respecto de la Constitución pero por encima del derecho federal y local, y comprometen a todas las autoridades del Estado Mexicano.
* La Convención sobre los Derechos del Niño (DOF de 25 de enero de 1991) establece que todo niño tiene derecho intrínseco a la vida y la obligación de los estados de garantizar en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño, estableciéndose en el Preámbulo (Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, artículo 31, punto segundo) que “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.* El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que el derecho a la vida es inherente a la “persona” humana.* La Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José (DOF de 9 de enero de 1981) establece en su artículo 4º , párrafo 1, que toda persona tiene derecho a que se le respete la vida. El derecho estará protegido por la Ley y, en general, a partir del momento de la concepción.
* El Código Penal Federal penaliza el aborto como un delito contra la vida humana en el plano de su gestación fisiológica y se refiere a la “muerte” del producto de la concepción, lo que demuestra que este “vive”.* El Código Civil Federal en su articulo 22 establece que “La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido” (capacidad jurídica del nasciturus). Conforme a los artículo 1314 y 2357 del Código Civil Federal los concebidos y no nacidos son capaces de adquirir por testamento y por intestado así como por donación.
* La tesis de jurisprudencia obligatoria P.J.14/2002 de la SCJN reconoce que la Constitución, los tratados internacionales y las leyes federales y locales protegen el derecho a la vida del producto de la concepción, “independientemente del proceso biológico en el que se encuentre”.
* El artículo 314, fracciones VIII y IX de la ley general de salud y el reglamento de dicha ley también protegen la vida del nasciturus al definir embrión, feto y embarazo.
3. Invalidez de las normas reclamadas
* Los nuevos artículos 144 (que retipifica el aborto), 145 (que reduce las penas), 146 (relativo al aborto forzado) y 147 (que sanciona a médicos y parteras) permiten que se prive de la vida al nasciturus durante las primeras doce semanas de gestación, privándolo de todos sus derechos humanos incluyendo el derecho a la salud y son discriminatorios. El bien jurídico tutelado por la Constitución es la vida sin ninguna limitación.
* La Asamblea Legislativa del D. F. se extralimitó en sus facultades al definir el embarazo como “la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio”. En efecto, el artículo 122, apartado C, BASE PRIMERA, fracción V, incisos h) e i) de la Constitución establece que el Estatuto de Gobierno del D. F. se sujetará, entre otras bases a la siguiente: la Asamblea Legislativa tendrá la facultad de normar la salud; sin embargo, el artículo 73, fracción XVI de la Constitución establece que el Congreso tiene facultad para dictar leyes sobre salubridad general de la República y señala que el Consejo de Salubridad General dependerá del Presidente y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país. Dicha Asamblea Legislativa carece de facultades para definir qué es el embarazo, definición que se encuentra en el artículo 40, fracción II, de la Ley General de Salud como “el período comprendido desde al fecundación del óvulo hasta la expulsión o extracción de feto y sus anexos”.
* La definición de embarazo del Código Penal para el D. F. es también inconstitucional porque se establece una condición que no se encuentra determinada, como “la implantación del embrión en el endometrio”, lo que depende de la naturaleza de cada embrión y del útero de la mujer.
* El artículo 144 del Código Penal para el D. F. es discriminatoria porque viola el artículo 1º constitucional que establece que todo individuo gozará de las garantías que otorga la Constitución y prohíbe toda discriminación (incluyendo la edad) que atente contra la dignidad humana y que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos o libertades de las personas. Los derechos humanos protegidos constitucionalmente no pueden restringirse sino en los casos excepcionales establecidos en la Constitución.
* El principio de igualdad jurídica se traduce en la seguridad de no tener que soportar un perjuicio (o privarse de un beneficio) desigual e injustificado.
* El concepto de no discriminación deriva, entre otros instrumentos, del artículo 2º de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, el cual establece que toda persona tiene todos los derecho y libertades sin distinción de “nacimiento” o cualquier otra condición, concepto que también protege el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 y la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación de 2003.
* El artículo 144 del Código Penal para el D. F. es discriminatoria en virtud de que trata diferente al universo de concebidos no nacidos menores a la décima segunda semana de gestación que sus madres no quieren que nazcan, en relación con aquéllos que son esperados y protegidos por sus progenitoras, en virtud de que se les priva de la protección estatal de la que constitucionalmente gozan para que se respete su derecho a la vida, ya que voluntad unilateral de sus madres no nacerán, sin que se puedan defender.* Los artículos 16 Bis 6 y 16 Bis 8 de la Ley de Salud del D. F. son inconstitucionales porque pretenden obligar a las instituciones públicas a realizar abortos en violación del derecho a la vida reconocido constitucionalmente.* Los mencionados artículos del Código Penal para el D. F. y de la Ley de Salud del D. F. son también inconstitucionales porque establecen un trato diferente para la mujer que quiere interrumpir su embarazo, en relación con su pareja, lo que contraviene el artículo 4º constitucional que señala que el varón y la mujer son iguales ante la ley. Dicho tratamiento hace nugatorio el derecho del varón a decidir sobre el número y espaciamiento de sus hijos y desatiende la obligación de la ley de proteger el desarrollo de la familia, el cual no puede estar supeditado al derecho exclusivo de la mujer.
* El artículo 145 del Código Penal para el D. F. es inconstitucional porque despenaliza el aborto estableciendo una pena que se puede conmutar con multa desamparando el bien jurídico tutelado de la vida.
* El artículo 146 del Código Penal para el D. F. es también inconstitucional porque no deja claro si el aborto forzado es un tipo penal diferente al del aborto o al mismo delito de aborto pero calificado y conforme al artículo 14 constitucional, “en los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía y aún por mayoría de razón, pena alguna que no este decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata”.
* Los mencionados artículos del Código Penal para el D. F. y los mencionados artículos de la Ley de Salud del D. F. violan tratados y convenciones internacionales y los artículos 16, primer párrafo, y 133 de la Constitución.
* El artículo 16 constitucional establece que nadie puede ser molestado en su persona, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento. Conforme al artículo 133 constitucional, Constitución, Leyes y Tratados son Ley Suprema de la Unión. Las reformas violan la Convención de los Derechos del Niño porque se deja de proteger al niño antes “del nacimiento”. También viola el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que establece que el derecho a la vida es inherente a la persona humana y obliga a los Estados parte a proteger dicho derecho por la ley. También viola la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Asimismo, violan la Convención Americana de Derechos Humanos.
* Los artículos cuestionados violan los artículos 40, 41, primer párrafo, 116, párrafos primero y segundo, y 122 constitucionales en relación con los artículos 1º, 2º y 12, fracción VIII del Estatuto de Gobierno del D. F. Dichos artículos constitucionales establecen el Pacto Federal, señalando que los Estados en ningún caso podrán contravenirlo. El Estatuto de Gobierno del D. F. hace las veces de su Constitución. La organización política y administrativa del D. F. está obligada a atender el respeto de los derechos humanos que establece el orden jurídico Mexicano, incluyendo los establecidos en nuestra Constitución, las leyes federales y los tratados internacionales. Los nuevos artículos del Código Penal y la Ley de Salud del D. F. hacen nugatorios para el nasciturus su derecho a la vida.
* Los nuevos artículos violan garantías de seguridad jurídica de fundamentación y motivación establecidas por el artículo 16 constitucional, en relación con la garantía de certeza en materia penal a que se refiere el artículo 14 constitucional. Para cumplir con la fundamentación es necesario expresar claramente el precepto legal aplicable y para motivarlo hay que señalar con precisión las razones particulares que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto de que se trate. En el caso de los actos legislativos, el legislador debe actuar dentro de los limites de las atribuciones que la Constitución le confiere y las leyes se refieren a resoluciones sociales que reclaman ser jurídicamente reguladas.
* El artículo 16 constitucional prohíbe al legislador crear actos que dejen a los particulares en estado de inseguridad jurídica. Así, no pueden establecer conceptos que se opongan, varíen o trastornen la realidad social y jurídica prevista, lo que pondría en riesgo el estado de derecho.

lunes, 13 de diciembre de 2010

Mensaje de Nuestra Señora en su Fiesta del 12 de diciembre

12 de Diciembre del 2010
Oración de Medianoche en el Campo de los Corazones Unidos
Fiesta de Nuestra Señora de Guadalupe




(Este mensaje se dio por partes.)

Se aparece San Miguel sosteniendo su Escudo de la Verdad.  La Santísima Virgen se aparece como Nuestra Señora de los Dolores.  Ella dice:  “Alabado sea Jesús.”  San Miguel inclina su cabeza.

Nuestra Señora continúa:  “San Miguel avanza delante de Mí esta noche, trayendo su Escudo de la Verdad.  Por favor observen que debajo de la imagen de Nuestros Corazones Unidos en su escudo está la imagen de la lágrima que envuelve al bebé no nacido del Rosario de los No Nacidos.  Esto indica que cuando la verdad del pecado del aborto se acepte en los corazones, el aborto cesará.  Pero no se detendrá hasta entonces.”

“Vengo nuevamente para reconciliar a la humanidad con su Creador.  El Alfa y la Omega están al alcance en cada momento presente.  Mientras la gente se afana en almacenar comida y en acumular oro en preparación para lo que está por venir, pierden el arca que se les ofrece en este momento presente –el Arca del Amor Santo– la cual es Mi Inmaculado Corazón.  Al hacerlo, esquivan desaforadamente el único refugio seguro de paz, y van tras el mar peligroso de soluciones humanas al margen de Dios.”

“Yo vengo como la Imagen de los Dolores en vez de la Imagen de Guadalupe que simboliza la defensa de la vida en el vientre materno, pues sigo llorando por cada vida que la humanidad destruye sin tener en cuenta la Mano que la creó.  El aborto no tan sólo destruye la vida, sino también la dignidad humana.  Es una atrocidad que le ha costado al mundo líderes valiosos y ha oscurecido la dirección de los acontecimientos humanos.  Pero debido a que la humanidad no ha buscado el refugio seguro de Mi Corazón, no se da cuenta del rumbo fatal que está siguiendo.”

“Queridos hijos, vengo nuevamente a ustedes para ofrecerles el asilo de Mi Corazón durante estos tiempos traicioneros en los que ahora viven.  Muy a menudo los peligros más grandes no son físicos, sino espirituales, y vienen revestidos aparentemente de gran beneficio.  Tienen que hacer que todo pase a través del cedazo del Amor Santo a fin de que se esfume el mal y permanezca sólo la verdad.  Sean valientes en sus esfuerzos en la santidad personal.  El mundo entero no se puede convertir hasta que ustedes se conviertan.  Yo soy su Protectora.  La gracia de Mi Corazón está omnipresente para ustedes.  Por lo tanto, confíen todas las cosas a Mi Corazón como un niño depende de su madre.  Aprendan a reconocer a Satanás como el que siempre se opone al Amor Santo.”

“Por favor, dense cuenta de que mientras la nueva vida esté insegura y en peligro en el vientre materno, la paz del mundo estará en peligro.  Las fronteras de este país están ahora quebrantadas y el mal accede fácilmente a destinos que antes eran seguros.  Incluso la información ha alcanzado nuevos niveles de inseguridad.  No obstante la gente no ve nada de esto como la consecuencia del pecado del aborto.”

“Queridos hijos, esta noche aplaudo su perseverancia y su fe en entender que estos Mensajes llevan palabras de verdad.  Dejen que sus corazones estén unidos con Dios y entre ustedes.  No se separen por las opiniones.”

“Esta noche me estoy llevando todas sus peticiones a Mi Corazón.  Me las llevaré al Cielo y las pondré en el altar del Corazón de Mi Amado Hijo.  No tengan miedo de nada.” 

“Les doy Mi Bendición del Amor Santo.”

Traducción oficial de la Confraternidad de los Corazones Unidos.

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martes, 9 de noviembre de 2010

Mensajes de Jesùs: El Amor Santo

MARÌA REFUGIO DEL AMOR SANTO
Guìanos y Protegenos


8 de Noviembre del 2010
Mensaje Público


“Yo soy tu Jesús, nacido Encarnado.  Por favor escribe esto para que todos lo vean:”

“El Amor Santo es:”


    • “Los dos grandes mandamientos del amor:  amar a Dios sobre todas las cosas y amar al
       prójimo como a sí mismo.”

    • “El cumplimiento y la personificación de los diez mandamientos.”

    • “La medida mediante la cual todas las almas serán juzgadas.”

    • “El barómetro de la santidad personal.”

    • “La Puerta de Entrada a la Nueva Jerusalén.”

    • “El Inmaculado Corazón de María.”

    • “El Primer Aposento de los Corazones Unidos.”

    • “La Llama Purificadora del Amor del Corazón de María por la que todas las almas deben
       pasar.”

    • “El refugio de los pecadores y el arca de estos últimos días.”

    • “La fuente de la unidad y la paz entre toda la gente y todas las naciones.”

    • “El Amor Santo es la Divina Voluntad de Dios.”

“Date cuenta de que solamente el mal podría oponerse al Amor Santo.”

8 de Noviembre del 2010
Mensaje Público


“Yo soy tu Jesús, nacido Encarnado.”

“No te sorprendas de que quienes tienen influencia te calumnien y expresen toda clase de mentiras contra ti.  Ellos no tienen veracidad en sus corazones.  Si la tuvieran, caerían de rodillas y pedirían perdón.”

“Puesto que esta Misión es del Cielo, soportará humildemente, perseverando en las buenas obras y en la salvación –incluso en la santificación– de las almas.  Quienes están contrariados en esta diócesis y en el mundo por el simple hecho de nuestra existencia, tienen que examinar sus corazones en lo que se refiere a sus objetivos.  ¿Qué mueve a un alma a oponerse al bien que esta Misión intenta lograr, y logra, a pesar de la cruel oposición?  Ciertamente el bien no se opone al bien.”

“Las personas tienen que examinar sus propios corazones para descubrir las respuestas sinceras a estas preguntas.  Yo te digo:  así como en Mis tiempos Yo no vine para competir con los fariseos sino solamente para revelar la verdad, así también, vengo hoy para llamar a Mi rebaño a la luz de la verdad.  Yo llamo a todos los corazones a pesarse en la balanza del Amor Santo.  No vengo para desafiar posiciones y títulos, sino para desafiar al corazón no convertido.   Invito a todos a comprender que cada alma es llamada a la perfección en el Amor Santo.  El poder, rango, autoridad o riqueza no eximen al alma de este llamado.”

“Por lo tanto, Yo invito a todos –jóvenes y viejos, gente importante y común, a quienes tienen alto rango o muy modesto– al Amor Santo.  Pues al final, cuando estén frente a Mí, nada importa más que la pureza del Amor Santo en su corazón.”

8 de Noviembre del 2010
Oración de los Lunes
Por la paz en todos los corazones por medio del Amor Santo


Jesús está aquí con Su Corazón expuesto.  Dice:  “Yo soy tu Jesús, nacido Encarnado.”

“Mis hermanos y hermanas, por favor comprendan que toda la tecnología que ha recibido la humanidad se ha dado por medio del Amor Divino.  Lo único que pido es que usen todo lo que se les da como un don del Cielo para que vivan con amor y vivan en la verdad.  Entonces ustedes serán recompensados, y la tecnología con la que son bendecidos será incluso más poderosa;  de lo contrario, la tecnología la usarán para su propia destrucción.”

“Esta noche les doy Mi Bendición del Amor Divino.”

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Y consultar todos los mensajes que la vidente Maureen ha recibido de boca del Señor Jesus, Marìa Santìsima y algunos santos.

Traducción oficial de la Confraternidad de los Corazones Unidos.
Próxima aparición especial a la vidente Maureen en el Manantial y Santuario Maranathá: la noche del 11 de Diciembre del 2010.

viernes, 29 de octubre de 2010

EL ABORTO EN MÈXICO Y EL MUNDO





LA PREGUNTA OBLIGADA AL FEMINISMO MAL ENTENDIDO QUE APOYA EL ABORTO ES:
¿Y DÒNDE ESTAN LOS DERECHOS DE LOS MILLONES DE MUJERES ABORTADAS CADA AÑO?
El aborto es un cáncer social que se extiende en nuestros días, que además de destruir la vida inocente del ser humano en el vientre materno también victimiza a la mujer convirtiéndola en un eslabón más de la industria abortista, por eso es la segunda víctima. Ese es el fin que persiguen las personas que lucran con el aborto, que cada vez haya más mujeres dispuestas a acabar con la vida de sus propios hijos. Lo que se conoce como dinero de sangre.

Para esto la industria abortista compuesta entre otros por clínicas abiertas exclusivamente para tal fin, por algunos "médicos", las farmacias, compañías de la industria cosmética, y en algunos lugares hasta de la industria alimenticia como el mercado negro chino, se vale de muchas estrategias publicitarias de alto vuelo. Se ocultan bajo la bandera feminista siendo que de feministas no tienen nada y la mujer no les importa en absoluto puesto que la primera y segunda víctima de un aborto es tanto la mujer abortada como la madre. 

Datos reveladores al respecto son que el 97,5% de los bebés abortados en China son mujeres; caso similar en la India donde un informe anual de Naciones Unidas sobre niños dio a conocer que el aborto basado en la preferencia sexual sigue matando diariamente a casi 7.000 niñas nonatas. Discriminación de género antes de nacer contra la mujer.

¿Esto es el feminismo?, ¿Estar a favor del aborto es estar a favor de la mujer realmente?

Obviamente todos queremos igualdad de género y que se vean respetados nuestros derechos humanos, lo único que hace falta es el reconocimiento de los derechos del hombre y la mujer no nacidos. Su derecho a la vida, el básico, el más importante del que se desprenden todos los demás.
Matar se ha vuelto un derecho, con razón el mundo está como esta...

Hacerle creer a la mujer que el aborto es un derecho por el que hay que luchar es el Hit más grande que ha tenido la industria abortista aunque esto evidentemente sea una falacia y cometer homicidio por supuesto. Ver tanta muerte a diario en nuestro México es algo que lamentablemente se ha vuelto cotidiano, como que nos ha vuelto insensibles, pero sin importar que tanto lo quieran endulzar para que lo podamos tragar, aborto es lo mismo que asesinato y no debemos aletargarnos.

¿Sabías tu que el arma más letal en toda la historia son las pinzas utilizadas para practicar abortos?

Sí, los fórceps y demás instrumentos fabricados y utilizados con ese propósito. A la fecha han cobrado la vida de más de ¡2 Billones de vidas humanas!, cifras oficiales de la ONU hace ya algún tiempo donde no se tomo en cuenta el creciente número de países que han despenalizado el aborto actualmente ni otros métodos abortistas como la píldora del día siguiente o el DIU, aún así los números son alarmantes y para volverse locos; un tercio de la población mundial. Ningún arma las iguala.
Como sociedad y como individuos no podemos decir amar realmente a la mujer si despreciamos al hijo o hija que hay en su vientre y tampoco podemos decir que la amamos si la dejamos a su suerte, ¿Por qué no amar a las dos personas?, a la madre y al no nacido y fomentar el apoyo tanto psicológico como económico para las futuras madres y fomentar alternativas como la adopción quitando la burocracia que la envuelve y que lo único que ha logrado es borrar del mapa esta opción para muchas personas. Dinero si hay, o si no díganme de donde salen las clínicas abortistas y la masa publicitaria detrás de esta gran industria que se mueve a nivel global, por ejemplo aquí en el Distrito Federal donde está despenalizado tendríamos más sino se desperdiciara el dinero en el clásico populismo a la mexican (playas artificiales por ejemplo). No se usan bien los recursos.

Veamos solo algunos argumentos, los más utilizados por la industria abortista (Los que se hacen ricos con esto).
-Es un ser vivo pero no un ser humano todavía...
R= ¿Pues hasta cuándo? Ósea que puede ser una planta o una forma de vida no identificada todavía, quizá extraterrestre que de la noche a la mañana se convierte en un ser humano por arte de magia. Aquí en México ese acto de magia tan prodigioso ocurre exactamente en la semana 12 más un día. (Biología Mágica Pro Abortista, editorial Patito. SEP)
-Es que todavía no tiene una mente como la nuestra...

R= Ya no los quieren con torta bajo el brazo, no más. Ahora los quieren con ¡DIPLOMA bajo el brazo!. Al fin y al cabo el 99% de los mexicanos tenemos carrera universitaria, sí señor.
-Es solo una masa de tejido, un cúmulo de células reproduciéndose, no hay de qué preocuparse...
R= A ver, nosotros también somos un cúmulo de células reproduciéndose sino es el caso entonces está usted muerto.

Ni los partidarios de este crimen contra la humanidad se ponen de acuerdo sobre cuando empieza la vida, unos dicen que a partir de la semana 12, otros que hasta después de los 7 meses y en países como Canadá de plano no hay un límite y se agarra parejo.

No se necesita ser un biólogo de profesión para saber que la vida comienza desde la concepción, cuando ocurre esa combinación genética que determina quiénes somos, individuos únicos e irrepetibles, vidas de hombres y mujeres que se han perdido para siempre por nuestra soberbia ante la vida y por ignorancia. No importa el tamaño de la persona lo que importa es su dignidad como ser humano que debe ser respetada desde la concepción hasta la muerte natural.
Lo demás es literatura torcida tanto en las leyes que de por si están muy pasadas por el arco del triunfo como en los argumentos utilizados en favor de lo que también es el mayor holocausto de todos los tiempos.

La palabra aborto sonara menos fea para algunos y será un acto justificado en caso de violación para otros, pero reflexionemos un poco: ¿Con el aborto voy a castigar al violador?, ¿Es acaso la vida de esta inocente criatura la culpable?, ¿No es el aborto igual o más horrible que la misma violación?, ¿Qué consecuencias habrá después del aborto, si es a fin de cuentas sangre de mi sangre?.



Invito a que cada quien haga lo que este en sus manos para terminar con el aborto. Cada uno desde su trinchera, somos más los que amamos y defendemos la vida, es cuestión de decidirse solamente y entre todos acabaremos con la falacia de que abortar es un derecho y si los políticos quieren votos electorales que se los ganen con el sudor de su frente y no vendiéndole a la mujer prácticamente una pistola para matar a sus hijos. Por favor vota en las próximas elecciones para Presidente por el candidato del partido PRO VIDA, aquellos que no impulsen de ninguna forma el aborto. Checa como piensan los candidatos y los militantes de su partido y cuales son sus propuestas.
Si no eres parte de la solución, eres parte del problema.
Que Dios te bendiga.